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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32312 >> Fecha 11/10/2004 >> Articulo 12
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Normativa - Decreto Ejecutivo 32312 - Articulo 12
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Artículo 12    (No vigente*)
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Artículo 12

Artículo 12.—Requisitos del permiso de funcionamiento: Toda persona física o jurídica que desee obtener el Permiso de Funcionamiento para operar granjas porcinas deberá cumplir lo que indica el Reglamento General para el Otorgamiento de Permisos de Funcionamiento. Además de los requisitos indicados en los artículos 5º, 6º y 7º y poseer las condiciones establecidas en el artículo 9º del presente Reglamento.

 

Para la obtención del permiso de funcionamiento por primera vez deberá:

 

a)         Completar el Formulario Unificado de Solicitud de Permiso de Funcionamiento y presentarlo ante el Área Rectora de Salud Correspondiente.

 

b)         Contar con la aprobación del proyecto de sistema de tratamiento de aguas residuales por parte del MS, y su implementación conforme su memoria de cálculo y sus respectivos manuales de operación y mantenimiento, tal y como lo establece el Reglamento de Vertido y Reuso de Aguas Residuales.

 

c)         Presentación del Plan de Manejo de Desechos (sólidos, líquidos y la cerdaza). Este se presentará ante la Dirección del Área Rectora de Salud correspondiente para su estudio y aprobación. Debiendo contemplar las etapas de recolección, tratamiento, almacenamiento, transporte y disposición final; utilizando para su elaboración la “Guía para la Elaboración del Plan de Manejo Ambiental para Residuos” elaborada por la DPAH. Estos planes serán verificados en el campo.

 

d)         En caso de existir vertido de aguas residuales al alcantarillado, adjuntar fotocopia de la Autorización de Conexión al Sistema de Alcantarillado Sanitario. En acatamiento a lo que establece la Ley de Conservación de Vida Silvestre y el Reglamento de Vertido y Reuso de Aguas Residuales.

 

Para la renovación del permiso de funcionamiento:

 

a)         Ningún permiso de funcionamiento podrá ser concedido ni prorrogado automáticamente cuando existan órdenes sanitarias pendientes o incumplidas por la parte interesada de obtener la renovación del permiso.

 

b)         Solicitar la renovación un mes antes del vencimiento del permiso de funcionamiento.

 

c)         Las granjas porcinas deberán tener aprobado e implementado el Plan de Manejo de Desechos (sólidos, líquidos y de la cerdaza).

 

d)         En los casos en que exista planta de tratamiento de aguas residuales con vertido a cuerpos receptores de agua o al alcantarillado sanitario, deberán cumplir con los parámetros establecidos en el Decreto Nº 26042-S-MINAE, y tener aprobado el último Reporte Operacional presentado ante el Ministerio de Salud o Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillado.


 

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