Artículo 3°Del Consejo Director:
Artículo 3°Del Consejo Director:
El Proyecto será dirigido y administrado por la Oficina
Ejecutora, como órgano con desconcentración máxima, dependiente directo de la Junta
Directiva del Instituto.
La Oficina Ejecutora estará integrada por un Consejo
Director, una Dirección Ejecutiva y el personal estrictamente necesario.
El Consejo Director estará formado por cinco miembros: El
Presidente Ejecutivo del Instituto, quien lo presidirá, sustituido en sus ausencias por
el Vicepresidente de la Junta Directiva: dos representantes del Instituto y dos
representantes de la empresa privada. Todos los miembros deberán tener experiencia en
actividades turísticas y serán nombrados libremente por la Junta Directiva. Durarán en
sus cargos cinco años, renovables, y su nombramiento podrá ser revocado en cualquier
momento, para lo cual se considerarán servidores de confianza.
El cargo de miembro del Consejo Director será ad honorem.
Transitorio: Para los efectos de este artículo los
actuales miembros del Consejo Director durarán en sus cargos hasta el día último del
mes de mayo de 1998.
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