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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32333 >> Fecha 12/04/2005 >> Articulo 65
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Normativa - Decreto Ejecutivo 32333 - Articulo 65
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Artículo 65.—Forma de obtener el formulario para la declaración. Los funcionarios obligados a rendir la declaración, deberán proveerse del formulario respectivo en la Contraloría General de la República o accediendo a la página Web de dicha Institución.


 

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