Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32333 >> Fecha 12/04/2005 >> Articulo 72
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 72     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 32333 - Articulo 72
Ir al final de los resultados
Artículo 72
Versión del artículo: 1  de 2
Siguiente
Artículo 72

Artículo 72.—Funcionarios exentos de rendir declaración anual. Los funcionarios públicos que en razón de un nombramiento, presenten declaración inicial en los meses de abril o de mayo, quedan exentos de rendir la declaración anual de ese año.


 

Ir al inicio de los resultados