Artículo 7º—Las entidades públicas y privadas que fungen como operadores
de servicios públicos, deben tomar las acciones reque
Artículo 7º—Las entidades públicas y privadas que
fungen como operadores de servicios públicos, deben tomar las acciones
requeridas para que se cumpla:
7.1 El programa de control hasta el nivel primero en
todos los acueductos del país
7.2 El programa de control hasta nivel segundo en
todos los acueductos con población abastecida superior a 10.000 habitantes
7.3 El programa de control hasta el nivel tercero en
todos los acueductos con población abastecida superior a 50.000 habitantes
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