Artículo 6º—En este reglamento se establecen cuatro
niveles de Control de Calidad del Agua (ver Anexo 2 cuadro A):
6.1 Nivel Primero (N1): corresponde al programa de
control básico junto con la inspección sanitaria, para evaluar la operación y
mantenimiento en la fuente, el almacenamiento y la distribución del agua
potable. Los parámetros en este nivel son: coliformes termotolerantes
(fecales), Escherichia coli, color aparente, turbiedad, olor, sabor,
temperatura, pH, conductividad, y cloro residual libre o combinado. Los valores
recomendados y máximos admisibles se indica en el cuadro1 del anexo 1. Si la
inspección sanitaria establece otros riesgos de contaminación, deberán
adicionarse al programa de control básico, los parámetros necesarios.
6.2 Nivel Segundo (N2): corresponde al programa de
control básico ampliado (N1), el análisis de tendencias temporales de
variaciones de calidad en las fuentes de abastecimiento, a ser aplicado en
muestras de agua potable en la fuente, su almacenamiento y distribución. Los
parámetros en esta etapa de control son todos los establecidos en el nivel N1,
ampliados con: dureza total, cloruro, fluoruro, nitrato, sulfato, aluminio,
calcio, magnesio, sodio, potasio, hierro, manganeso, zinc, cobre, plomo. Los
valores recomendados y admisibles se indican en el cuadro 2 del anexo 1.
6.3 Nivel Tercero (N3): corresponde al programa de
control avanzado del agua potable. Comprende la ejecución de los parámetros del
nivel N2 ampliados con: nitrito, amonio, arsénico, cadmio, cromo, mercurio,
níquel, antimonio, selenio y residuos de plaguicidas. Los valores recomendados y máximos admisibles
se indican en los cuadros 3 y 4 del anexo 1.
6.4 Nivel Cuarto (N4): corresponde a programas
ocasionales ejecutados por situaciones especiales, de emergencia o porque la
inspección sanitaria identifica un riesgo inminente de contaminación del agua.
Los parámetros a analizar según sea la situación identificada pueden ser:
sólidos totales disueltos, sulfuro de hidrógeno, cianuros, sustancias orgánicas
de significado para la salud, desinfectantes y subproductos de la desinfección.
Los valores recomendados y máximos admisibles se indican en los cuadros 5, 6 y
7 del anexo 1. Otros parámetros como: Siguella sp, Salmonella sp.,
Estreptococos fecales, Vibrio cholerae 01 toxigénico,Aeromonas hydrophila, nemátodos,
Entamoeba hystolytica, Cryptosporidium, Virus de Hepatitis A,. Enterovirus y
cianobacterias tóxicas, deben estar ausentes en las muestras analizadas. Como
indicadores e vulnerabilidad de un sistema pueden utilizarse los coliformes
totales.
El Ministerio de Salud o el ente operador, podrán
ampliar los parámetros de control requeridos para cada situación. El ente
operador enviará los resultados del control de calidad del agua potable al
Ministerio de Salud.