Artículo 8º—De los Métodos de Análisis y Laboratorios
Artículo 8º—De los Métodos de Análisis y
Laboratorios.
8.1 Preferiblemente los métodos de referencia para
análisis son los indicados en la última edición de los Standard Methods for the
Examination of Water and Wastewater y los métodos de ensayos acreditados
conforme lo establece la ley Nº 8279 de 2 de mayo del 2002, (Sistema Nacional
para la Calidad) Publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 96 de 21 de mayo
del 2002.
8.1 Los laboratorios que realicen análisis de agua
contemplados en este reglamento deberán tener permiso de funcionamiento
otorgado por el Ministerio de Salud según Decreto 30465-S. (Reglamento General
para el Otorgamiento de Permisos de Funcionamiento por parte del Ministerio de
Salud) del nueve de mayo del dos mil dos, publicado en el Diario Oficial La
Gaceta Nº 102 del día 29 de mayo del dos mil dos.
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