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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32338 >> Fecha 27/04/2005 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 32338 - Articulo 3
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Artículo 3
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Artículo 3º—La Comisión se reunirá, ordinariamente, una vez al mes y, extraordinariamente, cuando sea convocada por el preside

Artículo 3º—La Comisión se reunirá, ordinariamente, una vez al mes y, extraordinariamente, cuando sea convocada por el presidente(a) o por el Ministro de Educación Pública.


 

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