Artículo 23
Artículo 23.—En la prestación del
servicio, el personal contratado por el adjudicatario deberá cumplir con los
siguientes requisitos en cuanto a su presentación personal:
a) Buena presentación, aseo e higiene
personal impecables.
b) No presentarse a laborar luego de haber
consumido bebidas alcohólicas, ni bajo los efectos de sustancias sicotrópicas o
de cualquier otra naturaleza enervante.
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