Artículo 2º—Todas las actividades que regule este Reglamento, estarán
sujetas en su conjunto, a los principios fundamentales d
Artículo 2º—Todas las actividades
que regule este Reglamento, estarán sujetas en su conjunto, a los principios
fundamentales del servicio público, de manera tal que aseguren su continuidad,
eficiencia, calidad total del servicio, precio razonable, adaptabilidad a las
necesidades de los usuarios, siempre que no contravengan la protección de los
recursos naturales.
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