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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26559 >> Fecha 09/12/1997 >> Articulo 6
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26559 - Articulo 6
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Artículo 6
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Artículo 6°—Ninguna planta o empresa no autorizada podrá procesar productos para otras empresas o plantas autorizadas con el fin de la exportación de dichos productos

Artículo 6°—Ninguna planta o empresa no autorizada podrá procesar productos para otras empresas o plantas autorizadas con el fin de la exportación de dichos productos.

Aquellas plantas aprobadas que incumplan dicha disposición, quedarán sujetas a la aplicación del procedimiento y medidas establecidas en el artículo anterior.

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