2. Definiciones. Para los efectos de estas Directrices se
entiende por:
Destinatarios: Se refiere a los sujetos que recibirán el informe
de fin de gestión de parte de los respectivos jerarcas y titulares subordinados que dejan
su cargo.
Funcionarios de Elección Popular: Son los funcionarios designados
por la ciudadanía, mediante elecciones generales, para el ejercicio de la función
pública.
Informe de fin de gestión: Es un documento mediante el cual el
jerarca o titular subordinado rinde cuentas, al concluir su gestión, sobre los resultados
relevantes alcanzados, el estado de las principales actividades propias de sus funciones y
el manejo de los recursos a su cargo.
Jerarca: Superior jerárquico del órgano o del ente; ejerce la
máxima autoridad dentro del órgano o ente, unipersonal o colegiado.
Sucesor: Nuevos jerarcas y titulares subordinados designados para
asumir los puestos de los funcionarios respectivos que dejan su cargo, indistintamente de
la causa de finalización.
Titular subordinado: Funcionario de la administración activa
responsable de un proceso, con autoridad para ordenar y tomar decisiones.
|