Artículo 9º—De los procedimientos para el Programa de Servicios de
Convivencia Familiar
Artículo 9º—De los procedimientos para el
Programa de Servicios de Convivencia Familiar. Se deberá seguir el
Procedimiento de Análisis y Selección de Beneficiarios (as), así como el
Procedimiento de Prórroga de Subsidios, establecidos por la
administración del Consejo para la entrega de subsidios del Programa
Servicios de Convivencia Familiar.
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