No
27530-MAG
(Este
decreto ejecutivo fue derogado por el inciso 2 del artículo 3° (actual 4°) del
decreto ejecutivo N° 33495 del 31 de octubre del 2006. Posteriormente se deroga
nuevamente este decreto ejecutivo mediante el artículo 3° del Reglamento
Técnico: "RTCR 484:2016. Insumos Agrícolas. Plaguicidas Sintéticos
Formulados, Ingrediente Activo Grado Técnico Coadyuvantes y Sustancias Afines
de Uso Agrícola. Registro, Uso y Control, aprobado mediante decreto ejecutivo
N° 40059 del 29 de noviembre de 2016))
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO
DE AGRICULTURA Y GANADERÍA,
En
uso de las facultades que les confiere el artículo 140, incisos 3) y 18) de la
Constitución Política y la ley No 7664 del 8 de abril de 1997, Ley
de Protección Fitosanitaria.
Considerando:
1°—Que
es de interés del Estado el promover una mayor desregulación en la normativa
que incide en la venta y disponibilidad en general de los productos
agroquímicos dada su importancia en los procesos de producción agrícola, sin
demérito de aquellas regulaciones que sean necesarias para proteger la salud
humana o el medio ambiente.
2°—Que
la protección de la propiedad intelectual a un producto sujeto a patente se
encuentra sometida a la vigencia de la misma, siendo por ello factible el
facilitar la disponibilidad general de dicho producto una vez que la patente
del mismo haya expirado.
3°—Que
el Servicio Fitosanitario del Estado dispone de suficiente información técnica
sobre el Registro de Plaguicidas relativa a las propiedades físicas y químicas
y metodologías analíticas.
4°—Que
existen productos agroquímicos de denominación genérica cuyo uso alternativo al
de productos cuya patente esté vigente puede redundar en beneficios en materia
de costos de producción para los productores nacionales. Por tanto,
decretan:
Artículo
1°—De oficio o en su defecto a solicitud de parte interesada; el Servicio
Fitosanitario del Estado procederá a evaluar la posibilidad de simplificar los
trámites regístrales especificados en el Decreto Ejecutivo No
24337-MAG-S, de 27 de abril de 1995 y publicado en "La Gaceta" No
115 del 16 de junio de 1995, Reglamento sobre Registro, Uso y Control de
Plaguicidas Agrícolas y Coadyuvantes a todos aquellos productos agroquímicos a
los cuales les expire la patente de conformidad con la normativa vigente en la
materia.