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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32486 >> Fecha 20/06/2005 >> Articulo 13
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Normativa - Decreto Ejecutivo 32486 - Articulo 13
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Artículo 13
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CAPÍTULO V

CAPÍTULO V

De la Bitácora

 

Artículo 13.—La empresa auditora brindará a cada auditor una bitácora debida y concatenadamente foliada y sellada con la respectiva razón inicial de apertura por parte de la Gerencia de Biotecnología en el que anotará un resumen por día o visita de los principales aspectos atinentes a la auditoría, debiendo acatar para ello las normas y procedimientos que la Gerencia de Biotecnología del MAG fije para estos propósitos.


 

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