CAPÍTULO V
CAPÍTULO V
De la Bitácora
Artículo 13.—La empresa auditora brindará a cada
auditor una bitácora debida y concatenadamente foliada y sellada con la
respectiva razón inicial de apertura por parte de la Gerencia de Biotecnología
en el que anotará un resumen por día o visita de los principales aspectos
atinentes a la auditoría, debiendo acatar para ello las normas y procedimientos
que la Gerencia de Biotecnología del MAG fije para estos propósitos.
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