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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32486 >> Fecha 20/06/2005 >> Articulo 7
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Normativa - Decreto Ejecutivo 32486 - Articulo 7
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Artículo 7
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Artículo 7º—La Gerencia de Biotecnología del Servicio Fitosanitario del Estado, deberá suministrar a la empresa auditora un ce

Artículo 7º—La Gerencia de Biotecnología del Servicio Fitosanitario del Estado, deberá suministrar a la empresa auditora un certificado en el cual se le autoriza el ejercicio de la actividad en entidades sujetas a auditoraje.


 

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