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 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 29/07/2005 >> Articulo 36
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Normativa - Reglamento 0 - Articulo 36
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Artículo 36    (No vigente*)
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Artículo 36

    Artículo 36.—Dentro del centro de votación y durante el escrutinio, solo podrán permanecer los delegados o auxiliares del Tribunal, los miembros de mesa, los fiscales y los miembros del Tribunal de Elecciones.

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