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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32529 >> Fecha 02/02/2005 >> Articulo 32
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Normativa - Decreto Ejecutivo 32529 - Articulo 32
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Artículo 32    (No vigente*)
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Artículo 32

Artículo 32.—Las ASADAS no podrán contratar parientes hasta un tercer grado inclusive de consanguinidad con respecto a los miembros de la Junta Directiva y Fiscalía.


 

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