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 Normativa >> Reglamento municipal 166 >> Fecha 04/07/2005 >> Articulo 5
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Normativa - Reglamento municipal 166 - Articulo 5
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Artículo 5
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Artículo 5º—Plazo del proceso

Artículo 5º—Plazo del proceso. De conformidad con el Artículo 28 de la Ley General de Control Interno Nº 8292, la plaza de Auditor Interno deberá llenarse en un plazo máximo de tres meses, contados a partir del momento de la vacante. El plazo podrá prorrogarse por otros tres meses, por razones debidamente acreditadas en el expediente que se confeccione al efecto.


 

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