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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32500 >> Fecha 22/04/2005 >> Articulo 15
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Normativa - Decreto Ejecutivo 32500 - Articulo 15
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Artículo 15
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Artículo 15

Artículo 15.—Para los efectos de determinar el valor de liquidación del azúcar y de la miel final sustituidas por alcohol y la participación de los productores en los montos que se determinen, se aplicará lo dispuesto por la Ley Nº 7818 y su Reglamento, Decreto Ejecutivo Nº 28665-MAG.

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