Artículo 3º—Principios generales
Artículo 3º—Principios generales. Todas
las diligencias, actuaciones o gestiones que la Administración imponga a los
particulares, se desarrollarán con arreglo a los siguientes principios:
a) Principio de Reglas Claras y Objetivas.
b) Principio de cooperación institucional dentro
de las oficinas de una misma institución y de cooperación interinstitucional
que rige las relaciones entre los órganos y entes que conforman la
Administración Pública.
c) Principio de presunción de buena fe,
transparencia, economía procesal, legalidad, publicidad, celeridad, eficiencia
y eficacia de la actividad administrativa.
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