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 Normativa >> Reglamento 3466 >> Fecha 03/08/2005 >> Articulo 13
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Normativa - Reglamento 3466 - Articulo 13
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Artículo 13
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CAPÍTULO III

CAPÍTULO III

Del comité institucional

 

Artículo 13.—Créase el Comité Institucional que estará conformado por el custodio de documentación y archivos, un asesor legal y el superior administrativo de la entidad productora de la documentación, esto según el artículo 33 de la Ley Nº 7202 y el artículo 138 del Reglamento a la ley, no obstante podrán estar también integrado por miembros adicionales, temporales o permanentes, según los objetivos y funciones especifica que se realicen vinculadas al manejo de los diferentes Archivos Institucionales.


 

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