CAPÍTULO III
CAPÍTULO III
Del comité institucional
Artículo 13.—Créase el Comité Institucional que
estará conformado por el custodio de documentación y archivos, un asesor legal
y el superior administrativo de la entidad productora de la documentación, esto
según el artículo 33 de la Ley Nº 7202 y el artículo 138 del Reglamento a la ley,
no obstante podrán estar también integrado por miembros adicionales, temporales
o permanentes, según los objetivos y funciones especifica que se realicen
vinculadas al manejo de los diferentes Archivos Institucionales.
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