Buscar:
 Normativa >> Ley 4574 >> Fecha 04/05/1970 >> Articulo 20
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 20     >>
Normativa - Ley 4574 - Articulo 20
Ir al final de los resultados
Artículo 20    (No vigente*)
Versión del artículo: 1  de 1
20

TÍTULO III

Organización Municipal

CAPÍTULO I

Concejo Municipal

 

    Artículo 20.- El Gobierno Municipal estará compuesto por un cuerpo deliberativo denominado Concejo, integrado por regidores de elección popular y por un funcionamiento ejecutivo de nombramiento del Concejo.

Ir al inicio de los resultados