BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
REGLAMENTO DE CONCURSO PÚBLICO
EXTERNO PARA
LA SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO DEL
AUDITOR
Y SUBAUDITOR INTERNO DEL BANCO
POPULAR
Y DE DESARROLLO COMUNAL Y DE
SUS SOCIEDADES ANÓNIMAS
La Junta Directiva Nacional en sesión extraordinaria Nº 4335 celebrada
el 16 de setiembre del 2005, Acuerda por unanimidad:
“1º—Aprobar el Reglamento de concurso público externo para la selección
y el Nombramiento del Auditor y Subauditor Interno
del Banco Popular y de Desarrollo Comunal y de sus Sociedades Anónimas, según
fuera elevado a esta Junta Directiva por la Comisión para el Nombramiento del Subauditor, en su sesión 10-2005 del 13 de setiembre del
2005.
El texto del Reglamento es el siguiente:
REGLAMENTO
DE CONCURSO PÚBLICO EXTERNO PARA
LA
SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR
Y
SUBAUDITOR INTERNO DEL BANCO POPULAR
Y
DE DESARROLLO COMUNAL Y DE
SUS
SOCIEDADES ANÓNIMAS
Artículo 1°—Fundamento y objetivo.
El presente Reglamento se dicta de conformidad con lo
establecido en el artículo 24,inciso b, de la Ley Orgánica del Banco Popular y
de Desarrollo Comunal, los artículos 29 y 31 la Ley General de Control Interno,
el artículo 55 de la Ley Reguladora del Mercado de Valores, la Ley Reguladora
Mercado de Seguros, el “Reglamento para la Constitución de los Puestos de
Bolsa, Sociedades Administradoras de Fondos y Operadoras de Pensiones
Complementarias de los Bancos Públicos y del Instituto Nacional de Seguros”, y
de los “Lineamientos sobre Gestiones que involucran a la Auditoría Interna”
(R-DC-83-2018 de la Contraloría General de la República publicados en la Gaceta
N.143 del 13 de agosto del 2018. Este Reglamento tiene como propósito regular
el proceso de reclutamiento y selección de los candidatos para el puesto de
auditor o subauditor interno del Banco Popular y de
Desarrollo Comunal y del Auditor interno de sus Sociedades, cuando así
corresponda cuyo perfil, se ajusten mejor a la cultura y necesidades de la
respectiva Entidad y cuente además con los requisitos de idoneidad necesarios
para desempeñar satisfactoriamente el puesto sometido a concurso público
externo.
(Así reformado
mediante sesión ordinaria N°5736 del 25 de mayo del 2020)