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 Normativa >> Reglamento 5379 >> Fecha 20/09/2005 >> Articulo 6
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Normativa - Reglamento 5379 - Articulo 6
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Artículo 6
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Artículo 6º—En caso que el valor del obsequiado a un funcionario como gesto de cortesía o costumbre diplomática por parte de u

Artículo 6º—En caso que el valor del obsequiado a un funcionario como gesto de cortesía o costumbre diplomática por parte de un sujeto de Derecho Internacional, sea superior a un salario base, el Departamento Administrativo deberá proceder conforme lo establece el artículo 45 del Reglamento a la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.


 

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