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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32741 >> Fecha 26/07/2005 >> Articulo 26
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Normativa - Decreto Ejecutivo 32741 - Articulo 26
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Artículo 26
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SECCIÓN IV

SECCIÓN IV

Del personal de apoyo

 

Artículo 26.—Deberes y Obligaciones. Serán deberes y obligaciones del personal de apoyo del Centro, los siguientes:

 

a) Cumplir con todos los mandatos éticos establecidos en este Código que les sean aplicables según sea el papel que desempeñen.

 

b) Intervenir en el proceso con imparcialidad, confidencialidad, decoro, diligencia y profesionalismo.

 

c) Deberán acatar todas las disposiciones éticas y reglamentarias establecidas para cualquier funcionario del Centro, según se ha descrito.


 

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