Artículo 90
Artículo 90.—Sanciones. Las faltas o violaciones a
estas u otras disposiciones contenidas en la Ley de Igualdad de Oportunidades
para las Personas con Discapacidad, del Código de la Niñez y la Adolescencia y
de las normas que dan fundamento al Programa Ciudadano de Oro de la CCSS se
sancionarán como falta grave.
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