Transitorio I
Transitorio I.—El Estado otorgará a la Dirección
General de Migración y Extranjería los recursos necesarios para que desarrolle
una vigilancia y control de ingreso de personas extranjeras a lo largo de sus
fronteras y en el interior del país. Tanto los recursos de logística, el equipo
y el personal deberán ser integrados en un proyecto de presupuesto de
vigilancia y control, que dicha Dirección presentará al Ministerio de Hacienda
antes de agosto próximo para que esos recursos sean integrados en el próximo
presupuesto ordinario de la República o en el extraordinario que esté por
conocerse.
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