Artículo 23
Artículo
23.—Para optar por el Permiso Sanitario de Funcionamiento, los cementerios
deberán haber cumplido con los requisitos señalados en la Hoja Nº
MS-DPAH-PF-RSPF-08 denominada Requisitos para Solicitudes de Permisos de
Funcionamiento, la cual se encuentra disponible en el Área Rectora de Salud
correspondiente.
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