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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32833 >> Fecha 03/08/2005 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 32833 - Articulo 3
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Artículo 3
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Artículo 3º—Definiciones

Artículo 3º—Definiciones. Para los efectos de aplicación del presente reglamento, entiéndase por:

1) Ablación: Extirpación de una parte del cuerpo.

2) Aguas freáticas o subterráneas: Aguas localizadas en el subsuelo sobre una capa impermeable.

3) Bóveda: Cripta.

4) Cadáver: El cuerpo humano durante los cinco años siguientes a la muerte, computado este plazo desde la fecha y la hora de la muerte que figura en la inscripción de la defunción en el Registro Civil.

5) Cementerio: Todo terreno descubierto, previamente escogido, bien delimitado y cercado, público o privado y destinado a enterrar cadáveres humanos, sus restos o vísceras extraídas a los cadáveres autopsiados o embalsamados en establecimientos autorizados para dichos efectos, o para la conservación y custodia de cenizas producto de la cremación de cadáveres, o restos humanos.

6) Crematorio: Cámara de calor externo utilizado para reducir a cenizas un cuerpo humano o partes de él.

7) Cripta: Sitio subterráneo donde se acostumbra inhumar a los muertos.

8) Exhumación: Acción y efecto de desenterrar un cadáver. Se clasifican en ordinarias y extraordinarias.

9) Cuerpos de agua: Masas de agua salada o dulce que cubre porciones de la superficie de la tierra.

10) Exhumar: Desenterrar un cadáver.

11) Fosa: Hoyo o zanja sin recubrimiento.

12) Inhumación: Acción y efecto de enterrar un cadáver.

13) Inhumar: Enterrar un cadáver.

14) Mausoleo: Monumento erigido en memoria de una o más personas, donde permanecen los restos del o de los muertos.

15) Ministerio de Salud: Ministerio.

16) Nicho: Cavidad que en los cementerios sirve para colocar los cadáveres.

17) Osario: Lugar destinado para reunir los huesos que se extraen de las sepulturas.

18) Restos cadavéricos: Lo que queda del cuerpo humano una vez transcurridos los cinco años siguientes a la muerte.

19. Restos humanos: Partes del cuerpo humano de entidad suficientes procedentes de abortos, mutilaciones, intervenciones quirúrgicas, autopsias clínicas o judiciales y actividades de docencia o investigación.

20. Sepulcro: Féretro, ataúd.

21. Sepultura: Lugar donde se entierra un cadáver.

22. Sepultar: Poner en la sepultura, enterrar.

23. Tumba: Sepultura.


 

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