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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32808 >> Fecha 22/09/2005 >> Articulo 72
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Normativa - Decreto Ejecutivo 32808 - Articulo 72
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Artículo 72
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Artículo 72

Artículo 72.—Los servidores amparados por el régimen de servicio civil presentarán sus reclamos conforme con los artículos 88 y 89 del reglamento al Estatuto de Servicio Civil.


 

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