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 Normativa >> Ley 8488 >> Fecha 22/11/2005 >> Articulo 24
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Normativa - Ley 8488 - Articulo 24
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Artículo 24
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Artículo 24

Artículo 24.—Ámbito de intervención de la Auditoría Interna. La Auditoría Interna ejercerá sus funciones dentro de la misma Comisión y sobre cualquier organismo o dependencia que ejecute planes o programas con recursos provenientes de dicha Comisión.

Para tales efectos, los jerarcas y los demás funcionarios de la Administración Pública, de la Comisión y de las unidades ejecutoras, deberán brindar toda la información y colaboración necesarias para el cumplimiento de sus tareas.


 

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