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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32852 >> Fecha 16/11/2005 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 32852 - Articulo 3
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Artículo 3
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CAPÍTULO II

CAPÍTULO II

De los requisitos para autorizaciones sanitarias

para venta de pólvora menuda de lucería época navideña

 

Artículo 3º—Para el trámite de la solicitud de autorización para la venta de pólvora menuda durante el período comprendido entre el 1º de noviembre y el 31 de enero de cada año, se deberá presentar los siguientes documentos junto con una copia:

 

1. Una nota del administrado solicitando la autorización, donde se indique:

 

a. Nombre de la persona física o jurídica que solicita la autorización.

 

b. Nombre del responsable de administrar el puesto de venta, su estado civil, profesión, número de cédula de identidad, residencia, o documento que le permita ejercer la actividad renumerada en el país.

 

c. Nombre de los dependientes con su número de identificación.

 

d. Ubicación exacta del puesto de venta de pólvora menuda.

 

e. Firma del gestionante.

 

2. Un croquis de la ubicación del puesto dentro del local comercial (indicando también ubicación del extintor, salidas de emergencia del edificio).

 

3. Carta del propietario del inmueble donde se instalará el puesto o del representante legal certificando que aprueba el desarrollo de dicha actividad dentro de su establecimiento.

 

4. Declaración del propietario del inmueble en la cual señale que sus trabajadores serán personas mayores de edad y que conocen las normas vigentes que regulan la venta de los explosivos pirotécnicos y las repercusiones, civiles, penales y administrativas que implican la venta ilegal y la violación de las disposiciones normativas.

 

5. Listado de los productos pirotécnicos que se venderán (incluyendo número de registro del Ministerio de Salud).

 

6. Copia del contrato o carta de la empresa proveedora de la pólvora menuda en donde se indique los datos de esta y el compromiso del encargado del puesto de venta en cuanto a la exclusividad de vender solamente producto del proveedor con quien estableció el contrato.


 

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