Artículo 26
Artículo
26.—Mantenimiento. Cada inquilino de fijo o derecho de piso está en la
obligación de mantener en óptimas condiciones tanto el inmueble municipal como
el sistema eléctrico, esto en el afán de proteger toda la planta física del
mercado. Aquél inquilino que irrespetara este artículo se le aplicará lo
dispuesto para sanciones en este reglamento.
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