Artículo 31
Artículo
31.—De la seguridad y vigilancia. La municipalidad no tiene responsabilidad en
cuanto a la conservación o seguridad de la infraestructura del local asignado,
mercadería y otros bienes de propiedad de los arrendatarios, así como de
accidentes que sufran los usuarios dentro de las instalaciones.
No
obstante lo anterior, velará por la seguridad de ellos y por la seguridad de
los bienes de los arrendatarios mientras el mercado permanezca cerrado. Cuando
el mercado esté abierto, la seguridad de los bienes de los inquilinos
corresponde a cada arrendatario.
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