Artículo 2°—Del objetivo del DI
Artículo 2°—Del
objetivo del DI. El D-l tiene como objetivo fundamental servir de
instrumento técnico para la ejecución de la primera fase de la EIA, la denominada Evaluación Ambiental
Inicial, cuya finalidad es la de determinar si la actividad, obra o proyecto
planteado es viable desde el punto de vista ambiental y, si requiere o no de
una profundización del análisis ambiental por medio de un instrumento de
evaluación ambiental más detallado.
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