Artículo 5°—Responsabilidad de la información suministrada en el D-l
Artículo 5°—Responsabilidad
de la información suministrada en el D-l. El desarrollador y el consultor
ambiental que firman el D-l serán los responsables de la información legal,
técnica y ambiental que se aporte en dicho documento, la cual presentarán bajo
el concepto de Declaración Jurada, y a conocimiento y conciencia de que dicha
información es actual y verdadera, y que en caso contrario pueden derivarse
consecuencias penales del hecho.
El alcance señalado en el párrafo
anterior también se aplica a aquellos otros consultores ambientales o personas
físicas o jurídicas que elaboren y firmen documentos técnicos solicitados como
complemento al D-1. En este caso su responsabilidad se limitará al campo
técnico que abarcan en los documentos complementarios que firman.
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