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 Normativa >> Ley 5292 >> Fecha 09/08/1973 >> Articulo 12
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Normativa - Ley 5292 - Articulo 12
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Artículo 12
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Artículo 12.- Esta ley es de orden público, deroga el Decreto-Ley XXXIV de 19 de julio de 1894, el artículo 5º de la ley 1208 de 9 de octubre de 1950 (Ley de Defensa Económica) y todas las leyes y disposiciones que se le opongan.

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