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 Normativa >> Reglamento municipal 178 >> Fecha 07/12/2005 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento municipal 178 - Articulo 1
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Artículo 1
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MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA

MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA

 

REGLAMENTO DEL PROCEDIMIENTO PARA EL COBRO DE

CONSTRUCCIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS REALIZADOS

POR LA MUNICIPALIDAD, COMO CONSECUENCIA

DE LA OMISIÓN A LOS DEBERES DE LOS

PROPIETARIOS O POSEEDORES DE

INMUEBLES LOCALIZADOS EN EL

CANTÓN DE TALAMANCA

 

El Concejo Municipal de la Municipalidad de Talamanca, mediante sesión ordinaria Nº 178, celebrada el día 7 de diciembre de 2005, aprobó el acuerdo Nº 01, que dice:

El Concejo Municipal de Talamanca acuerda aprobar el Reglamento del Procedimiento para el Cobro de Construcción de Obras y Servicios realizados por la Municipalidad, como Consecuencia de la Omisión a los Deberes de los Propietarios o Poseedores de Inmuebles Localizados en el Cantón de Talamanca. Publíquese en La Gaceta Oficial del Estado.  Acuerdo aprobado por unanimidad.

El Concejo Municipal del Cantón de Talamanca, con sustento en lo establecido en los artículos 169 y 170, de la Constitución Política, artículos 4º, inciso a) 13, inciso c), 43, 68, 74, 75 y 76 del Código Municipal, Ley Nº 7794, del 30 de abril de 1998, procede a dictar el presente Reglamento del Procedimiento para el Cobro de Construcción de Obras y Servicios Realizados por la Municipalidad, como consecuencia de la Omisión a los Deberes de los Propietarios o Poseedores de Inmuebles Localizados en el Cantón de Talamanca.

 

Artículo 1º—El objetivo de este Reglamento es de establecer el procedimiento para el cobro, a los propietarios y poseedores de bienes inmuebles del cantón de Talamanca por las obras realizadas por la Municipalidad, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 75, 76 y 76 bis del Código Municipal, con la finalidad de hacer cumplir la Ley y evitar el perjuicio a la salud.


 

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