Artículo 105
Artículo 105.—Informes sobre las
evaluaciones realizadas. Los resultados de las evaluaciones internas y
externas deben constar en un informe dirigido a la Junta Directiva. En ese
mismo informe el Auditor General debe presentar un plan de mejoras, sí así lo
requieren esos resultados. El Auditor General es responsable de dar seguimiento
adecuado al plan de mejoras.
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