Artículo 21
Artículo 21.—Presupuesto. La
Auditoría General elaborará la propuesta de su propio presupuesto anual, que se
confeccionará, de conformidad con el ordenamiento jurídico aplicable, y será
sometido a la Gerencia para su análisis y discusión con el Auditor General y
posterior incorporación al proyecto de presupuesto del Instituto, a ser
conocido por la Junta Directiva. En caso de discrepancia entre la Gerencia y la
Auditoría General, las asignaciones presupuestarias, serán resueltas en
definitiva por la Junta Directiva. Cualquier modificación al presupuesto
aprobado para la Auditoría General, requerirá del conocimiento y aprobación
expresa del Auditor General.
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