Artículo 71
Artículo 71.—Comunicación de los
riesgos que asume la Junta Directiva. Cuando el Auditor General demuestre
fehacientemente que la falta de recursos de la Auditoría General
propicia la ausencia de fiscalización oportuna del patrimonio
institucional, debe informar a la Junta Directiva del riesgo que está
asumiendo y de la eventual imputación de responsabilidad que esta situación
puede generarle.
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