Artículo 22
Artículo
22.—Control de la administración del
fondo de Caja Chica. El sistema de
control de la administración del fondo de caja chica debe garantizar la
custodia y el buen uso de esos recursos, el registro de datos necesarios para
disponer de información confiable y oportuna, un sistema de archivo que permita
la fácil localización de documentos y otros que se estimen convenientes.
|