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 Normativa >> Reglamento municipal 5 >> Fecha 30/01/2006 >> Articulo 23
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Normativa - Reglamento municipal 5 - Articulo 23
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Artículo 23
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Artículo 23

Artículo 23.—Archivo de los documentos de respaldo de la Caja Chica. Los documentos de respaldo de operaciones de caja chica así como los arqueos sorpresivos que se hayan practicado, deberán mantenerse en el Departamento de Tesorería por al menos un año y a disposición de la Auditoría Interna para posibles revisiones, sin detrimento de las regulaciones establecidas en la Ley y el Reglamento de Archivo de Documentos Municipales y las directrices que sobre esta materia hayan girado otros órganos de fiscalización y control.


 

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