Artículo 3º—En el ejercicio de sus funciones se regirá por lo que
establece la Ley general de control interno, la Ley orgánica
Artículo
3º—En el ejercicio de sus funciones se regirá por lo que establece la Ley
general de control interno, la Ley orgánica de la Contraloría General de la
República, el Manual de normas generales de control interno para la Contraloría
General de la República y las entidades y órganos sujetos a su fiscalización y
sus modificaciones, el Manual de normas técnicas de auditoría y control interno
para la Contraloría General de la República y las entidades y órganos sujetos a
su fiscalización, el Manual de normas para el ejercicio de la auditoría interna
en el sector público, el presente reglamento u otras disposiciones, normas,
políticas y directrices emitidas por la Contraloría General de la República,
Superintendencia General de Entidades Financieras, y el Consejo Nacional de
Supervisión del Sistema Financiero (CONASSIF), en lo que sea aplicable y cuando
proceda, las normas de auditoría de sistemas automatizados generalmente
aceptadas.
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