(Así derogado mediante el
artículo 2° de la resolución DGT-18 del 19 de julio del 2006)
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN
N° DGT-10.San José, a las ocho horas del día veinticuatro de
febrero del 2006.
- RESOLUCIÓN SOBRE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA
- DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACION
Considerando:
1ºQue el artículo 99 del Código de Normas y Procedimientos
faculta a la Dirección General de Tributación para dictar normas generales tendientes a
lograr la correcta aplicación de las normas tributarias, dentro de los límites que fijen
las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes.
2ºQue asimismo, mediante el Decreto Ejecutivo N° 27146- H de 21
de mayo de 1998 y sus reformas, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de
esta Dirección General, en cuyos artículos 5º inciso 2-c), 6º inciso 2) y 14 inciso
4), se faculta, respectivamente a la Dirección General para aprobar resoluciones,
instrucciones o directrices que resulten oportunas para el logro de los objetivos de la
institución, así como para que, mediante resolución defina la estructura y
funcionamiento interno de las Divisiones y de las Administraciones Tributarias.
3ºQue la Dirección General de Tributación, desde 1993 ha
definido su estructura organizacional bajo el modelo de "Estructura Funcional"
que es la que se caracteriza principalmente por niveles centrales rectores, con
competencia nacional a nivel funcional sobre las funciones operativas, y que tiene una
desconcentración territorial operativa formalmente definida en el Reglamento de
Organización y Funciones de la Dirección General de Tributación. Este tipo de
estructura se caracteriza además porque los titulares del nivel central especializado
tienen a la vez responsabilidad jerárquica sobre un equipo de trabajo, de muy alto nivel
técnico, y responsabilidad funcional sobre las operaciones desconcentradas
territorialmente; consecuentemente sus decisiones tienen un efecto multiplicador en las
operaciones de todo el país. Dentro de esta modelo, la administración costarricense ha
venido evolucionando en la categoría "Estructura Funcional Mixta" que es la que
tiene la Dirección General de Tributación desde 1998, y la que actualmente tiene la
Dirección General de Aduanas, y que responde a las mejores prácticas internacionales en
estructura de administraciones tributarias. Además de las características de la
estructura funcional tradicional, concentra formalmente, en el nivel central, unidades
especializadas a nivel nacional para la atención de funciones muy complejas, por tipo de
contribuyente o por su alto impacto en los objetivos institucionales (por ejemplo los
grandes contribuyentes nacionales en la tributación interna y la fiscalización
posterior, en la aduanera). Para optimizar el tipo de estructura y en la misma línea de
evolución organizacional en la que se viene trabajando desde 1996, con el Programa de
Modernización de la Administración Tributaria (PMAT), mediante Directriz N° 02-05 de 31
de mayo de 2005, las funciones de las Áreas Legales y Subgerencias Técnico Jurídicas
fueron reasignadas a las Áreas de Recaudación, Fiscalización, Gestión y Valoración de
cada Administración Tributaria, por corresponder ello a las mejores prácticas de
organización de las más modernas administraciones tributarias, donde cada área
funcional es especialista y es responsable de dirigir y completar sus actos, teniendo en
cuenta además, el alto grado académico que tiene el personal de la Administración
Tributaria, lo que permite ejecutar los diferentes procedimientos realizados en las
distintas áreas, para que se cumpla el mencionado fin. De ese modo, las actuaciones que
competen a cada área se podrán planificar más racionalmente, en atención a los
recursos de que se disponga, evitando así la acumulación de asuntos, al estar cada área
funcional orientada a finalizar todas las fases de aquellas tareas que le sean propias
dentro de los respectivos procedimientos que les son atinentes. Con lo cual se fortalecen
el criterio jurídico central y las responsabilidades de cada una de las áreas, siendo
necesario, por tanto, modificar en lo pertinente la asignación de esas funciones.
4ºQue por otra parte, para el mejor cumplimiento de sus
objetivos,la Dirección General considera necesario introducir otros cambios en su
estructura organizacional interna, por lo que es menester establecer como piedra angular
de la Dirección, la planeación estratégica y operativa de sus actividades, de tal
manera que tanto en lo administrativo como en lo referente al campo técnico tributario,
los planes que elabore y desarrolle, se dirijan a la obtención de sus fines, y permitan
una adecuada evaluación de resultados de su gestión.
5ºQue ante la internacionalización de nuestra economía, las
cada vez más complejas relaciones entre los agentes económicos que en ella intervienen y
los cambios que se están propiciando en el sistema jurídico tributario del país, la
Dirección General debe velar, sistemáticamente, por la revisión, elaboración y control
de la normativa tributaria aplicable, a fin de mantenerla actualizada y conforme a las
mejores prácticas en la materia y, asimismo, planificar , desarrollar y ejecutar la
política institucional en materia de fiscalidad internacional, comercio electrónico y
nuevas tendencias que sea necesario regular para efectos tributarios, y cuya
administración corresponda a la Dirección General.
6ºQue es público y notorio que la Administración Tributaria
costarricense, como organización vital, se enfrenta en forma continua a un proceso de
cambio, en el que cobra especial interés su fortalecimiento desde todo punto de vista, a
fin de que logre un máximo de eficiencia y eficacia en el cumplimiento de sus fines,
respaldada en las mejores prácticas en esa materia, es decir, lograr la máxima revisión
y simplificación del sistema tributario del país; un código tributario bien
estructurado y adecuado; una legislación tributaria clara, precisa y detallada; una
administración tributaria con recursos técnicos, administrativos y financieros para su
eficiente gestión; una estrategia planificada a corto y largo plazo, para la
implantación modular y gradual de sistemas de información que puede implicar una nueva
forma de gestión tributaria y puede estar acompañada de programas de capacitación de
personal y cambios profundos en la cultura organizacional de la administración
tributaria; desarrollo y profesionalización de los recursos humanos y garantía de que su
continuidad y permanencia es totalmente independiente de los cambios políticos. Para
tales efectos, es necesaria una estructura organizacional adecuada que pueda promover una
gestión efectiva mediante la delegación de responsabilidades, procesos gerenciales
efectivos y una adecuada relación fisco-contribuyente. Por tanto, con esa orientación,
resulta imperativo adecuar la estructura organizativa de la Dirección General de
Tributación, de manera que le permita la obtención de sus objetivos, dentro del marco
referido.
7ºQue de conformidad con el Oficio DM-1125-2005 de 20 de julio
del 2005 emitido por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, que
aprobó la propuesta de reorganización de los servicios administrativos y financieros del
Ministerio de Hacienda, las funciones operativas de las Gerencias de Recursos Humanos y
Capacitación, y la de Administración y Presupuesto, que actualmente conforman la
estructura de la Dirección General de Tributación, pasan a formar parte de la Dirección
Administrativa-Financiera del Ministerio de Hacienda. Además, de conformidad con el
Oficio DM 1958-2005, de 16 de diciembre 2005, emitido por el mismo Ministerio de
Planificación y Política Económica, la División de Informática de la Dirección
General de Tributación, pasa a formar parte de la nueva Dirección Tecnológica del
Ministerio de Hacienda. Por tal motivo, se hace necesario identificar las funciones y las
áreas responsables que le permitirán a la Dirección General de Tributación efectuar
una adecuada gestión de los recursos humanos y materiales para una operación eficiente,
así como potenciar el uso de las herramientas tecnológicas mediante una planeación y
ejecución exitosa de las actividades de desarrollo informático. Es así como en la
Subdirección General, en la Gerencia de Planificación Tributaria y en las Divisiones se
establecen las funciones para cumplir con estos objetivos.
8°Que por las razones anteriormente expuestas, es necesario
derogar la resolución N° 13-98 de las 8 horas del día 24 de agosto de 1998 y sus
reformas, que establecía la estructura organizativa interna de la Dirección General de
Tributación y emitir una nueva que contenga las reformas requeridas, para el mejor logro
de sus objetivos. Por tanto,
RESUELVE:
Artículo 1ºDerogar la resolución N° 13-98, de las 8:00 horas
del día 24 de agosto de 1998 publicada en La Gaceta Nº 171 de 2 de setiembre de
1998.