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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32968 >> Fecha 26/10/2005 >> Articulo 10
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Normativa - Decreto Ejecutivo 32968 - Articulo 10
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Artículo 10
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Artículo 10

Artículo 10.—El Congreso Nacional Arrocero, será el foro de análisis y estudio de todos los convenios y tratados comerciales internacionales que el Gobierno de la República o el Estado, tenga interés en negociar o se encuentren en trámite de negociación, en los cuales se involucre o vincule en forma directa o indirecta la actividad arrocera en general, sobre los cuales dicho foro en esa materia, podrá emitir criterios y recomendaciones.


 

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