Artículo 127
Artículo
127.—Todas las denuncias, gestiones o peticiones de cualquier clase que se
formulen a la Corporación deberán ser presentadas por escrito, en idioma
español, se deberán consignar las calidades generales del denunciante y
adjuntar copia fotostática de la cédula de identidad y estar debidamente
firmadas por el interesado u otra persona a su ruego en caso de que el
denunciante no sepa firmar o esté imposibilitado de hacerlo. El denunciante también podrá presentarse
directamente en las Oficinas Centrales de CONARROZ, en este caso los
funcionarios correspondientes levantarán acta de denuncia, que suscribirá el
interesado.
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