De la Asamblea de Agroindustriales
De la
Asamblea de Agroindustriales
Artículo
26.—La Asamblea de Agroindustriales estará constituida por los representantes
de todas las agroindustrias arroceras, debidamente inscritas en el Registro de
Agroindustrias de la Corporación, que se encuentren en operación normal, en lo
referente al recibo, proceso agroindustrial y comercio de arroz granza y pilado
nacional.
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