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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32968 >> Fecha 26/10/2005 >> Articulo 76
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Normativa - Decreto Ejecutivo 32968 - Articulo 76
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Artículo 76
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Artículo 76

Artículo 76.—Para ser nombrado Auditor Interno de la Corporación, se requieren las siguientes condiciones:

 

a. Ser Contador Público Autorizado, incorporado al Colegio Profesional respectivo y habilitado para el ejercicio de sus funciones.

 

b. Tener experiencia profesional laboral en contaduría y auditoría.

 

c. Ser ciudadano en ejercicio de sus derechos.

 

d. Ser persona de reconocida solvencia moral.


 

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